Trabajo doméstico: las fuentes que sí debes tener a mano
Código de Trabajo, salario mínimo y decisiones del Tribunal Constitucional: cómo encontrar la norma correcta para gestionar el personal del hogar.
Para llevar las cuentas claras necesitas saber de dónde sale cada regla. El trabajo doméstico aparece en el título de los artículos 258–265 del Código de Trabajo. No conviene trasladar sin más todas las reglas del régimen general a una casa.
Empieza por la actividad real
El artículo 258 describe labores habituales del hogar que no generan lucro o negocio para el empleador o sus familiares. También distingue al personal de un consorcio de condominio. El nombre del cargo, por sí solo, no decide el régimen.
El artículo 263 reconoce dos semanas de vacaciones remuneradas por cada año cumplido y el salario de Navidad. El mínimo salarial se consulta en su resolución específica: CNS-02-2025.
No todas las guías antiguas siguen siendo fiables
La sentencia TC/0402/23 declaró inconstitucional la Resolución 14-2022. La TC/0879/23 hizo lo propio con la 551-08 sobre seguridad social. Presentarlas sin ese contexto como instrucciones actuales lleva a errores.
Esta guía sustituye la referencia anterior del sitio a una supuesta ley doméstica “42-24”, que no pudimos respaldar con una fuente oficial.
Una revisión práctica
Guarda la fuente, su fecha y el apartado que usas. Distingue una obligación de una recomendación organizativa. Tener tareas, horarios y pagos por escrito ayuda a ambos lados, pero una buena práctica no debe anunciarse como una obligación inventada.
